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    Amparo que solicita se declare la emergencia
    urbanística y ambiental del barrio de la Boca

    La titular del Juzgado n.° 1 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, Romina Tesone, dispuso difundir la existencia, objeto y estado procesal del amparo colectivo caratulado “Quinto, Natalia Gimena y otros contra GCBA y otros sobre amparo – habilitaciones”, Expte. n.° 12809/2019-0.

    El objeto es el siguiente: “A. Se proceda a la ejecución e implementación de la ley 2240 de Declaración de Emergencia Urbanística y Ambiental del Barrio de la Boca, dictada en el año 2006, y que se encuentra incumplida pese al largo tiempo transcurrido. Se implemente con carácter urgente proyectos y programas específicos en los aspectos declarados de emergencia, en cumplimiento con lo establecido por el art. 2 de la ley 2240. Asimismo, se ordene presentar un plan sobre las intervenciones a realizar sobre inmuebles ociosos privados, para lograr su integración y puesta en valor social, de conformidad con lo previsto en el art. 3 de la mentada ley. Se cumpla con el art. 29 de la ley 4353 del Distrito de las Artes, -norma sancionada en el año 2012-, en cuanto ordena desplegar acciones para atender a las situaciones de vulnerabilidad social en el mentado Distrito”.

    A su vez, se informó que la parte demandada es: “El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Instituto de la Vivienda de la Ciudad (IVC)”.

    En cuanto al estado procesal, se hace saber que “con fecha 19 de diciembre de 2019 se ordenó correr traslado de la demanda”.

    Por último, Tesone ordenó su publicación por el término de diez (10) días en esta página web e informó que -en el plazo de diez (10) días a partir de la toma de conocimiento de lo aquí dispuesto-, podrán presentarse en autos a los efectos de intervenir en el proceso y que el expediente se encuentra disponible para su consulta en la Secretaría del Juzgado.-


    Susana Espósito - Noticia publicada el: Lunes 30/12/19 - (Cantidad de caracteres: 1910)
    Fuente: ijudicial.com




    Página Declarada de
    Interés Cultural
    (Legislatura CABA 512/2004)


    Auspiciada por:
    El Ministerio de Cultura del GCABA
    Res. 2027/2005
    y la
    Subsecretaría de Turismo del GCABA Res. 065-SSTUR-07