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    Verificación Vehicular obligatoria

    A partir del mes de julio, será obligatoria para todos los vehículos, la Verificación Técnica, que deberán realizar anualmente todos los rodados que superen los tres años de antigüedad o tengan más de 60 mil kilómetros.

    En el caso de las motos, será obligatorio hacerlo a partir de un año de antigüedad.

    Se estima que alrededor de 800.000 vehículos realizarán la verificación durante el primer año.

    Actualmente, la VTV sólo es obligatoria para vehículos de transporte de pasajeros y de carga (uso privado y comercial), no así para los automóviles particulares.

    Los objetivos de esta medida son establecer un sistema de control y sanción que mejore la seguridad vial y la calidad del medio ambiente, controlar que los vehículos cumplan las normas de seguridad correspondiente y los papeles al día, y reducir los índices de siniestralidad vial asociados a las fallas mecánicas de los vehículos (a las que generalmente se les atribuye el 5% de los siniestros).

    Las fechas asignadas para efectuar el control estarán determinadas según el número de terminación de la patente:

    1: Julio
    2: Agosto
    3: Septiembre
    4: Octubre
    5: Noviembre
    6: Febrero
    7: Marzo
    8: Abril
    9: Mayo
    0: Junio

    El sistema de revisiones técnicas vehiculares tendrá dos modalidades:

    Verificación Técnica Obligatoria (VTO): se hará una vez por año en las Estaciones de Verificación. Excepción: los cero kilómetro que deberán comenzar a realizar a los tres años de su patentamiento a menos que hayan alcanzado los 60.000 km antes de ese período. Esto no incluye a las motos.

    Controles aleatorios: se trata de revisiones técnicas rápidas y aleatorias a cargo de 10 unidades móviles dispuestas en las calles las 24 horas.

    ¿Qué se controlará?

    Emisión de gases, emisión de ruidos, sistema de dirección y tren delantero, sistema de frenos, chasis, neumáticos, luces, seguridad y emergencia. Documentación del vehículo y Sistema de suspensión.

    Si un vehículo no aprobara el control técnico, tendrá un plazo de 60 días para realizarlo nuevamente en forma gratuita.

    Para poder circular en la Ciudad de Buenos Aires, los conductores deberán portar el certificado vigente que acredite haber cumplido con la VTV.

    Según la ley de faltas 451 no portar el certificado equivale a una infracción de 150 Unidades Fijas ($975), mientras que la multa asciende a 600 UF ($3900) si el vehículo nunca hizo una verificación o si la misma está vencida.

    Los controles se efectuarán en las 10 plantas de verificación, a cargo de 5 empresas, que comenzaron a construirse en julio de 2015 y que comenzarán su funcionamiento en julio de este año aproximadamente.

    Quedarán exentos al pago de VTV los Jubilados o pensionados, o mayores de sesenta y cinco (65) años en todos los casos cuyos ingresos regulares no superen el haber mínimo jubilatorio y posean un vehículo cuyo valor no exceda el mínimo indicado para el pago del impuesto a la radicación de vehículos de la Ciudad de Buenos Aires. También estarán exentos los discapacitados que posean un vehículo con adaptaciones especiales relacionadas con su discapacidad, sin importar el valor del mismo y discapacitados que posean un vehículo sin adaptaciones especiales cuyo valor sea menor al doble del mínimo indicado para el pago del impuesto a la radicación de vehículos en la Ciudad de Buenos Aires.


    Susana Espósito - Noticia publicada el: Miércoles 13/01/16 - (Cantidad de caracteres: 3293)




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