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    Documento del Vaticano sobre costumbres funerarias

    El Vaticano emitió un documento elaborado por la Congregación de la Doctrina de la Fe, presidida por el Cardenal Gerhard Müller, que establece nuevas normas sobre la sepultura de los difuntos y en caso de cremación, qué hacer con las cenizas.

    A lo largo del tiempo fueron cambiando las costumbres funerarias y es por eso, que en la actualidad, la mayoría opta por sepultar en Jardines de Paz o por la cremación. Las costumbre también varían según las distintas religiones, pero en este caso, el Vaticano, establece ciertas reglas que los católicos deben respetar.

    La Iglesia recomienda que los cuerpos de los difuntos sean sepultados en los cementerios u otros lugares sagrado, por eso, el documento comienza con el recuerdo de que “para resucitar con Cristo, es necesario morir con Cristo, es necesario dejar este cuerpo para ir a morar cerca del Señor”.

    El texto rememora que en 1963 la propia Santa Sede estableció que “la Iglesia aconseja vivamente la piadosa costumbre de sepultar el cadáver de los difuntos”, pero “agregó que la cremación no es contraria a ninguna verdad natural o sobrenatural y que no se les negaran los sacramentos y los funerales a los que habían solicitado ser cremados, siempre que esta opción no obedezca a la negación de los dogmas cristianos o por odio contra la religión católica y la Iglesia”. De hecho, la cremación se ha extendido notablemente en muchos países.

    Para el Vaticano la forma adecuada de expresar la fe y la esperanza en la resurrección corpórea, es mediante la inhumación, por ello, el documento expresa: “La Iglesia, como madre acompaña al cristiano durante su peregrinación terrena, ofrece al Padre, en Cristo, el hijo de su gracia, y entregará sus restos mortales a la tierra con la esperanza de que resucitará en la gloria”.

    “Enterrando los cuerpos de los fieles difuntos, la Iglesia confirma su fe en la resurrección de la carne, y pone de relieve la alta dignidad del cuerpo humano como parte integrante de la persona con la cual el cuerpo comparte la historia”.

    Sin embargo, la Iglesia no se opone a la práctica de la cremación, considera que se debe respetar la voluntad de las personas a ser cremados, pero sí establece que las cenizas del difunto, por regla general, deben mantenerse en un lugar sagrado, es decir, en el cementerio o, si es el caso, en una iglesia o en un área especialmente dedicada a tal fin por la autoridad eclesiástica competente. De esta manera, se evita la posibilidad de olvido, falta de respeto y malos tratos, que pueden sobrevenir sobre todo una vez pasada la primera generación, así como prácticas inconvenientes o supersticiosas.

    La Doctrina de la fe señala que está totalmente prohibida “la conservación de las cenizas en el hogar”. “Sólo en casos de graves y excepcionales circunstancias, dependiendo de las condiciones culturales de carácter local, el Ordinario, de acuerdo con la Conferencia Episcopal o con el Sínodo de los Obispos de las Iglesias Orientales, puede conceder el permiso para conservar las cenizas en el hogar”. “Las cenizas, sin embargo, no pueden ser divididas entre los diferentes núcleos familiares y se les debe asegurar respeto y condiciones adecuadas de conservación”.

    El Papa Francisco también ha aprobado que “para evitar cualquier malentendido panteísta, naturalista o nihilista, no sea permitida la dispersión de las cenizas en el aire, en la tierra o en el agua o en cualquier otra forma, o la conversión de las cenizas en recuerdos conmemorativos, en piezas de joyería o en otros artículos, teniendo en cuenta que para estas formas de proceder no se pueden invocar razones higiénicas, sociales o económicas que pueden motivar la opción de la cremación”.


    Susana Espósito - Noticia publicada el: Miércoles 26/10/16 - (Cantidad de caracteres: 3717)




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